Conforme transcurre el nuevo año también van surgiendo nuevas obligaciones. Esta vez el turno es para las micro, pequeñas y medianas empresas, pues el próximo 10 de marzo vence el último plazo que la Dian otorgó a las empresas conformadas entre 1 a 10 colaboradores para implementar y emitir nómina electrónica.
Según cifras oficiales, son cerca de 2.5 millones de empresas en el país que deben cumplir este requisito🇨🇴, pues por incumplimiento u omisión de esta obligación, las compañías pueden acarrear multas entre el 3% al 5% del total de su nómina.
Recordemos que, debido al gran número de Mipymes en Colombia y al proceso de reactivación por el que atravesaba el país a finales del 2021, este nuevo plazo fue anunciado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en diciembre y se estableció en la Resolución 000151 del 10 de diciembre de 2021.
Según el MinComercio, las mipymes representan el 78% de la empleabilidad y del 50% del PIB del país.
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¿Qué es la nómina electrónica? 💻
De acuerdo con información de la Escuela de Emprendedores Alegra, se trata de un documento digital que equivale a la tradicional nómina de empleados, y que se diferencia por presentarse bajo un archivo electrónico. 🖱️“Para efectos de la DIAN, es un comprobante que le brinda a las empresas la posibilidad de tomar los pagos a sus empleados y presentarlos como un soporte de costos y deducciones a través de un archivo .XML”, se explica en la página.
Beneficios ⬇️
- Fácil acceso a la información
- Agilidad y velocidad a la hora de realizar cualquier proceso
- Reducción del riesgo en el pago de de nómina
- Cuidado del medio ambiente

Foto: Loggro
Es importante tener en cuenta que no solo se debe emitir la información del último mes, también se deben transmitir los soportes de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste de manera independiente de los meses de diciembre, enero y febrero.
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¿Qué pasa si no se realiza la emisión de la nómina electrónica? 🚨
¡Cuidado! Las empresas que no realicen la emisión del documento de soporte de nómina electrónica y las notas de ajuste ante la DIAN en los tiempos establecidos podrían enfrentar las siguientes multas:
- 5% del total de su nómina si no presenta ninguna información.
- 4% si suministra información errónea y no la corrige dentro de los plazos.
- 3% si entrega la información tarde.
Por último, si aún no ha emitido su nómina electrónica es importante que sin importar el proveedor que escoja y con asesoría de su contador, implemente y tramite cuanto antes esta obligación.
En Seguros Bolívar velamos por su bienestar y el de su negocio. 💚
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