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Para asegurar su tranquilidad financiera y moverse con libertad, recuerde que el impuesto vehicular 2026 es una responsabilidad anual. Si usted tiene su vehículo matriculado en Bogotá, le permite acceder a un 10% de descuento pagando hasta el 17 de mayo. La fecha límite sin sanción es el 24 de julio de 2026. Puede hacer este trámite de manera 100% digital o presencial, según su comodidad.
Lo que aprenderá en este artículo
Descubrirá de forma sencilla cómo cumplir con el pago de su vehículo para este nuevo año. Esta información le ayudará a organizar sus finanzas, aprovechar los beneficios vigentes y viajar por Colombia con total seguridad y confianza.
- El valor de su impuesto: Aprenderá cómo se calcula la tarifa exacta según el modelo de su carro o moto (entre el 1,5% y el 3,5%).
- Fechas de ahorro: Conocerá los plazos exactos para pagar a tiempo y disfrutar del descuento por pronto pago.
- Guía de pago en línea: Le enseñamos el paso a paso para descargar su recibo y pagar fácilmente desde su celular o computador.
- Excepciones que suman: Sabrá qué tipos de vehículos, como las motos menores a 125 cc, no tienen que pagar este impuesto.
En Colombia, los ciudadanos están obligados a cumplir con sus responsabilidades tributarias, entre las cuales se incluye el pago de impuestos, como el impuesto vehicular, que corresponde al propietario del vehículo. Este gravamen es una obligación anual para aquellos que tienen vehículos matriculados en el país, y su cálculo se basa en el valor comercial del automóvil, oscilando entre el 1,5% y el 3,5% del costo del vehículo.
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El proceso de pago puede hacerse presencial o de manera virtual, en caso de ser virtual, cada usuario deberá descargar el recibo de pago en el portal web de cada entidad. Cada institución departamental ha establecido las fechas de pago con descuento por pronto pago, para Bogotá, por ejemplo, el descuento es de 10% y aplica hasta el próximo 17 de mayo de 2026.
Con la alternativa virtual, los ciudadanos de la capital podrán realizar el pago sin necesidad de registrarse previamente. También podrían hacer uso de la “oficina virtual” de la Secretaría de Hacienda y hacer el pago a través de PSE. Más adelante le damos el paso a paso para hacerlo. La fecha máxima de pago será el 24 de julio de este año.
En caso de hacerlo de forma presencial, el pago debe realizarse con factura impresa en láser en cualquiera de las oficinas de las entidades bancarias autorizadas, incluyendo el Banco Davivienda.
También puede leer: ¿Sabe qué tipo de conductor es y cómo protegerse?
Esto es lo que debe saber sobre el pago del impuesto vehicular
1- ¿Cuál es el valor del impuesto?
La tarifa a liquidar para el impuesto de vehículos, es definida anualmente por el Ministerio de Hacienda y se establece según el valor comercial del vehículo.
Las tarifas para 2026 quedaron definidas en el Decreto 1457 del 29 de diciembre de 2025:
Vehículos particulares:
- Hasta $57.349.000 → 1,5%
- Entre $57.349.001 y $129.032.000 → 2,5%
- Más de $129.032.001 → 3,5%
Otros tipos de vehículo:
- Motocicletas (más de 125 cc) → 1,5%
- Servicio público (taxis, buses, carga) → 0,5%
- Vehículos eléctricos → aplica tarifa especial con incentivo
Dato útil: Si el avalúo de su vehículo está cerca de los límites ($57 o $129 millones), tenga cuidado: superar ese tope aunque sea por $1.000 pesos cambia toda la tarifa.
Si el vehículo es nuevo, la base de la tarifa está dada por el valor de la factura de compra, sin incluir el IVA. Para este caso, así como cuando se realiza la importación del vehículo directamente por el propietario, aplican condiciones especiales para la liquidación del impuesto y debe consultarlas en la entidad gubernamental correspondiente.
2- Dónde debo descargar el recibo y hacer el pago del impuesto
Todo depende del lugar donde se encuentre. Si se encuentra en Bogotá, puede seguir estos pasos para realizar el pago:
- Ingresar a la nueva Oficina Virtual, dar clic en la opción “Regístrate aquí” e inscribirse con un correo electrónico personal y una contraseña.
- Una vez se registre, ingrese a la oficina virtual con el usuario y contraseña creada, en la opción “Contribuyente“.
- En la barra superior se encuentra la pestaña de “Consultas” y “Obligaciones pendientes“.
- Seleccione la opción “impuesto de vehículos“, allí saldrá el valor y las opciones para descargar el recibo y pagar en bancos autorizados. También puede hacer el pago en línea.
Si se encuentra en otra ciudad, puede revisar el paso a paso en el portal de cada institución departamental:
▶️ Antioquia: https://www.vehiculosantioquia.com.co/impuestosWeb/
▶️ Cali y Valle del Cauca: https://www.vehiculosvalle.com.co/impuestosweb/#/public
▶️ Atlántico: https://transitodelatlantico.gov.co/impuesto-vehicular/
Otros departamentos, puede consultarlos en esta publicación de EL TIEMPO.
3- Cada cuanto debo pagar el impuesto
El impuesto vehicular debe pagarse una vez cada año. En la página de las instituciones departamentales puede revisar el histórico de pagos de su vehículo. Recuerde que puede pagar con la factura física en el plazo determinado y ante los bancos autorizados. Por último, desde el 4 de marzo de 2020, todas las declaraciones y pagos por concepto de impuestos sobre vehículos automotores, deben presentarse por medio de las herramientas virtuales habilitadas, es decir, la página web de cada entidad.
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4- ¿Qué sanciones trae el no pago del impuesto vehicular?
Dejarlo pasar sale caro. Las consecuencias van más allá de la multa:
- Sanción por extemporaneidad: 1,5% por cada mes o fracción de mes sobre el valor del impuesto (hasta un máximo del 100% del total).
- Si declara un valor menor al real: sanción por corrección del 10% sobre la diferencia.
- Sin cuotas ni acuerdos de pago: lo que declara se paga de inmediato.
- Además, el no pago bloquea trámites de tránsito (traspasos, matrículas, renovaciones) y puede derivar en procesos de cobro coactivo o afectar su historial crediticio.
5- Excepciones y casos especiales
Los vehículos que se excluyen de pagar impuesto son: bicicletas, motonetas y motocicletas con motor hasta de 125 centímetros cúbicos de cilindraje. Tractores de trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria para el agro. Tractores y similares de construcción de vías públicas. Vehículos y maquinaria de uso industrial que no estén hechos para transitar por la vía pública o privada. Los vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano.
Es importante recordar, que, aunque no paguen impuesto como tal, todos los vehículos deben pagar derechos de semaforización. Para los vehículos híbridos y eléctricos en Bogotá, reciben un incentivo en el pago del impuesto vehicular. Para mayor información, lo invitamos a consultar en la página oficial: https://www.haciendabogota.gov.co/es/impuestos/impuesto-sobre-vehiculos-automotores
Desde Seguros Bolívar, lo invitamos a mantenerse al día con toda la información de actualidad para que pueda moverse por Colombia con seguridad. Aquí pensamos en su bienestar y el de su familia.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto vehicular
¿Cómo se calcula el valor del impuesto vehicular en 2025?
¿Dónde puedo descargar el recibo y pagar el impuesto vehicular?
¿Con qué frecuencia debo pagar el impuesto vehicular en Colombia?
¿Qué pasa si no pago el impuesto vehicular a tiempo?
¿Qué vehículos están exentos del pago del impuesto vehicular?
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