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Seguro de vida para empleados plan creciente

Plan creciente

Con nuestro seguro de vida usted  puede estar tranquilo en caso de que fallezca por alguna enfermedad o accidente o pueda estar incapacitado de forma total y permanente, ya que le brindamos a usted y a su familia un respaldo económico.

Documentos del Producto
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Este seguro le sirve a su empresa para

  • Asegurar un apoyo económico para sus seres queridos en el caso de que algo le suceda.
  • Asegurar su vida por muerte accidental o en caso de  accidentes en donde pueda perder alguna parte de su cuerpo.
  • Proteger económicamente a su familia y a usted en caso de sufrir una enfermedad grave  o en caso de que usted no pueda volver a trabajar por una incapacidad total y permanente.
  • Tener una segunda opinión médica  en caso que se requiera para usted y su grupo familiar, durante la vigencia del seguro.
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En qué consiste Este seguro

Así lo protegemos

Que cubre el seguro ¿Qué
cubre?
  • Sus seres queridos (beneficiarios) recibirán el valor asegurado en caso que usted falte a causa de cualquier enfermedad o un accidente.
Que no cubre el seguro ¿Qué
no cubre?

Esta cobertura tiene dos exclusiones que aplican durante los dos (2) primeros años desde que usted toma nuestro seguro o  aumenta el valor asegurado:

  • Suicidio.
  • VIH/Sida.
Que cubre el seguro ¿Qué
cubre?
  • Si usted muere en un accidente, su familia recibe un respaldo económico adicional.
  • Si pierde física o funcionalmente alguna parte de su cuerpo, usted recibirá un porcentaje del capital asegurado (según el tipo de pérdida).

 

Que no cubre el seguro ¿Qué
no cubre?
  • Muerte o lesiones causadas a sí mismo por el asegurado o por otra persona.
  • Un accidente que ocurra cuando esté infringiendo cualquier norma legal o participando en una competencia de velocidad.
  • Un accidente bajo la influencia de las drogas o el alcohol.
  • Un accidente de aviación donde el asegurado sea el piloto.
  • Un accidente en motocicletas, motonetas o carros a motor (karts).
  • Accidentes que usted sufra durante intervenciones quirúrgicas o como consecuencia de ellas o los causados por tratamientos médicos o de diagnóstico.

 

Que cubre el seguro ¿Qué
cubre?

Recibirá un porcentaje del valor asegurado (de la cobertura básica de vida) como anticipo en caso de sufrir alguna de las siguientes enfermedades:

  • Infarto agudo de miocardio.
  • Leucemia.
  • Cáncer.
  • Accidente cerebrovascular.
  • Insuficiencia renal crónica.

También estará cubierto cuando acredite que se le han practicado alguno de los siguientes procedimientos:

  • Cirugía arteriocoronaria.
  • Trasplante de órganos vitales.
Que no cubre el seguro ¿Qué
no cubre?
  • El diagnostico de cualquiera de las enfermedades anteriormente mencionadas si se manifiestan o diagnostican por primera vez, durante los primeros tres (3) meses de haber adquirido esta cobertura.

Que cubre el seguro ¿Qué
cubre?
  • Recibirá un capital como anticipo del valor total de la cobertura básica de vida cuando sufra una incapacidad total y permanente que de por vida le impida desarrollar cualquier actividad remunerada por un periodo continuo de ciento cincuenta (150) días y que no haya sido ocasionada por el asegurado.

 

Que no cubre el seguro ¿Qué
no cubre?
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Servicios

Segunda opinión médica

Servicios Segunda Opinión Bolívar plan creciente

Si requiereun concepto médico adicional para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad grave o una enfermedad huérfana, pueden comunicarse con nosotros a través del #322.

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Cómo usar el seguro

¿Cómo adquirirlo?

Para comprar el seguro usted cuenta con diferentes canales:

  • Nuestra línea de atención y servicio. Adquiera el seguro marcando desde su celular #322 ingresando las opciones 1-4-1.
  • Solicitando a su área de recursos humanos su inclusión en la póliza. Seguros Bolívar será notificado y remitirá un asesor. Para esto, debe ser empleado de una entidad que tenga contratada una póliza de Plan Creciente.

¿Cómo usar los servicios?

Para utilizar nuestros servicios le invitamos a comunicarse desde su celular con el #322 marcando las opciones 1-2. Le recordamos que le ofrecemos asistencia las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

¿Cómo pagar el seguro?

Queremos facilitarle la vida y ahorrarle tiempo en trámites, por eso usted tiene la posibilidad de pagar el valor del seguro por medio de los siguientes canales:

  • A través de nuestra sección pago en línea
  • Acercándose con su recibo de pago a cualquiera de las oficinas Davivienda, Bancolombia, Grupo Éxito o Banco de Occidente.
  • A través de un débito automático de una cuenta bancaria designada, al momento de comprar su seguro.
  • Pagando a plazos con uno de nuestros programas de financiación.

¿Cómo cancelar su seguro?

Para cancelar o anular su seguro, usted puede entregarnos su solicitud de las siguientes formas:

  • Mediante su asesor de seguros de confianza.
  • En cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional.
  • Llamando al #322 ingresando las opciones 1-6, a través, de su teléfono celular.
  • A través de un correo electrónico o una carta física, en donde indique las razones por las cuales quiere cancelar su seguro.

¿Cómo reportar un evento?

Usted y/o su familia pueden solicitar la indemnización del seguro de vida, siguiendo estos pasos:

 

PASO 1: Recopilar la información necesaria

Debe consultar los documentos necesarios para iniciar con el trámite, reunirlos en su totalidad junto a toda la información que facilite la confirmación del evento.

Le invitamos a consultar la lista de aquí

 

PASO 2: Entregar los documentos

Después de reunir todos los documentos debe acercarse y entregarlos en una de nuestras oficinas, donde nuestros asesores estarán a su disposición para ayudarle en cualquier momento. Para información adicional comuníquese con nosotros al 01-8000 123-322, o desde su celular al #322 marcando las opciones 1-4-1.

 

PASO 3: Estudio Del caso

Una vez recibida la documentación completa, empezaremos a estudiar su reclamación para darle una respuesta. Sí es necesario algún dato adicional, nos comunicaremos con usted.

 

PASO 4: Conocer la respuesta a su solicitud

Le daremos respuesta en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la formalización del caso, como lo indican los términos del artículo 1077 del Código de Comercio.

 

Recuerde que todas las solicitudes de indemnización pueden ser presentadas directamente por el Asegurado. Si usted lo prefiere puede acudir a un tercero o a un abogado para que la presente, quien debe tener un poder especial debidamente otorgado ante un notario, además, el Formato B-117 deberá tener reconocimiento de firma y contenido ante notario.

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información a tener en cuenta

Información sobre valor del Seguro plan creciente

Valor del seguro

Tenemos planes pensados en usted y en sus necesidades, por eso aquí podrá consultar las distintas tarifas de este seguro.

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Con nuestro seguro  de vida usted protege el futuro y el bienestar de sus trabajadores y de sus familias.

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