Conforme transcurre el nuevo año también van surgiendo nuevas obligaciones. Esta vez el turno es para las micro, pequeñas y medianas empresas, pues el próximo 10 de marzo vence el último plazo que la Dian otorgó a las empresas conformadas entre 1 a 10 colaboradores para implementar y emitir nómina electrónica.
Según cifras oficiales, son cerca de 2.5 millones de empresas en el país que deben cumplir este requisito🇨🇴, pues por incumplimiento u omisión de esta obligación, las compañías pueden acarrear multas entre el 3% al 5% del total de su nómina.
Recordemos que, debido al gran número de Mipymes en Colombia y al proceso de reactivación por el que atravesaba el país a finales del 2021, este nuevo plazo fue anunciado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en diciembre y se estableció en la Resolución 000151 del 10 de diciembre de 2021.
Según el MinComercio, las mipymes representan el 78% de la empleabilidad y del 50% del PIB del país.
¿Qué es la nómina electrónica?
De acuerdo con información de la Escuela de Emprendedores Alegra, se trata de un documento digital que equivale a la tradicional nómina de empleados, y que se diferencia por presentarse bajo un archivo electrónico. “Para efectos de la DIAN, es un comprobante que le brinda a las empresas la posibilidad de tomar los pagos a sus empleados y presentarlos como un soporte de costos y deducciones a través de un archivo .XML”, se explica en la página.
Beneficios
- Fácil acceso a la información
- Agilidad y velocidad a la hora de realizar cualquier proceso
- Reducción del riesgo en el pago de de nómina
- Cuidado del medio ambiente
Es importante tener en cuenta que no solo se debe emitir la información del último mes, también se deben transmitir los soportes de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste de manera independiente de los meses de diciembre, enero y febrero.
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¡Cuidado! Las empresas que no realicen la emisión del documento de soporte de nómina electrónica y las notas de ajuste ante la DIAN en los tiempos establecidos podrían enfrentar las siguientes multas:
Por último, si aún no ha emitido su nómina electrónica es importante que sin importar el proveedor que escoja y con asesoría de su contador, implemente y tramite cuanto antes esta obligación.
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