El horario habitual de atención es de lunes a viernes de 8am a 5pm, sin embargo actualmente la atención se realiza de manera digital a través de los correos electrónicos de cada ciudad publicados en sección de oficinas de nuestra página web.
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Todas las normas que aplican al Sistema General de Riesgos Laborales, se encuentran consignadas y analizadas en nuestra matriz legal a la que puede acceder en la sección de normatividad.
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Todas las normas que aplican al Sistema General de Riesgos Laborales, se encuentran consignadas y analizadas en nuestra matriz legal a la que puede acceder en la sección de normatividad.
De acuerdo con el artículo 3.2.2.1. del Decreto 1090 de 2016, la fecha máxima para que los empleadores efectúen el pago de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales por sus trabajadores afiliados, es la que se encuentra consignada en la tabla que se relaciona a continuación, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT o del documento de identificación.
Sistema general de riesgos laborales (SGRL) ARL Seguros Bolívar
El Sistema General de Riesgos Laborales se encuentra regulado en Colombia mediante un marco normativo propio que regula su funcionamiento, por lo que las actuaciones y políticas de la ARL se limitan a tales disposiciones legales. La toma de decisiones se realiza por las áreas correspondientes que componen el organigrama de la Compañía, atendiendo a la naturaleza del asunto.
El análisis del contenido del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, se encuentra en el análisis de cada una de las normas que dicho Decreto recopila y que se encuentra en nuestra matriz legal, motivo por el cual, le solicitamos que se remita a la matriz legal que la ARL de Seguros Bolívar tiene dispuesta en nuestra página Web, con el fin de que pueda acceder a la norma que requiera y que sea de su interés.
A continuación encontrará los estados financieros de Seguros Bolívar S.A.
Ver Gobierno corporativo de Seguros Bolívar S.A.
Ver Documentos del sistema de gobierno corporativo de Seguros Bolívar S.A.
Ver Quiénes somos
El horario habitual de atención es de lunes a viernes de 8am a 5pm, sin embargo actualmente la atención se realiza de manera digital a través de los correos electrónicos de cada ciudad publicados en sección de oficinas de nuestra página web.
Debido a que el Sistema General de Riesgos Laborales es un subsistema de la seguridad social que se encuentra totalmente reglado por la ley, siendo ésta la que nos indica que puede hacerse y que no, las políticas y lineamientos de la Administradora de Riesgos Laborales de la Compañía de Seguros Bolívar S.A. son los mismos previstos en las normas legales que rigen al Sistema.
Manual Único de Calificación de Invalidez (Decreto 1507 de 2014), norma por la cual se deben guiar los órganos habilitados por la ley para efectuar la calificación del origen y la pérdida de capacidad laboral de los trabajadores afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales.
Toda la normativa, lineamientos aplicables al sector esta referida en la sección Normatividad.
A continuación encontrará los informes de gestión de Seguros Bolívar S.A.
La ARL de Compañía de Seguros Bolívar es vigilada por las siguientes entidades, cuyo tipo de control es asignado por ley, dada su naturaleza de administradora de recursos del sistema de riesgos laborales:
Adicionalmente, en el código de gobierno corporativo de la compañía, tenemos una sección que se encarga de regular los órganos de gobierno corporativo, dentro de los cuales se encuentran órganos de control interno, el cual puede consultarse aquí
La Administradora de Riesgos Laborales (ARL) de Compañía de Seguros Bolívar S.A., actualmente reporta a la Contraloría General de República la gestión contractual que adelanta a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI), se reporta mensualmente el siguiente informe:
Adicionalmente, la ARL cuenta con procedimientos, lineamientos y políticas internas en materia de adquisición y compras, que corresponde a información interna de la compañía.
Los servicios prestados por la ARL, los cuales puede usted conocer en Manual de empresas, se encuentran regulados bajo el siguiente: Apéndice normativo
El pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales está a cargo 100% de los empleadores y no del trabajador. Para ello, los empleadores pueden escoger de manera libre y voluntaria la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) de su preferencia. Una vez afiliado el trabajador a la ARL, el día calendario siguiente inicia la cobertura del Sistema de Riesgos Laborales. Así mismo, los trámites que realicen los usuarios afiliados a las (ARL) no tienen ningún costo y pueden ser utilizados en cualquier momento en los canales habilitados por las (ARL) para tal fin.
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Contamos con la opción para que nuestros clientes y afiliados a la ARL presenten sus solicitudes, quejas y reclamos de manera sencilla, diligenciando un formulario que solicita su información personal (cédula, nombre) y los datos de contacto (celular, correo electrónico o teléfono fijo). En el campo Descripción, nos pueden contar en qué consiste la misma. Una vez se realiza el envío, se confirma el número de radicado y el tiempo de atención de la misma.
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