Decreto 358 de 2020 y Resolución 000042 de 2020 de la DIAN
Por la cual se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación, desde el 1 de octubre de 2020.

Normatividad vigente del Decreto 358 de 2020 y a la Resolución 000042 de 2020

Acorde con el decreto 358 de 2020 y Resolución 000042 de 2020 de la DIAN*, Seguros Bolívar, desde Octubre de 2020, está enviando al correo electrónico de sus clientes la factura electrónica de la compra,renovación o modificación del seguro o título de capitalización.

El correo con la factura electrónica es enviado por nuestro proveedor tecnológico de facturación electrónica con correo remitente FacturaCTSColombia@cen.biz

En el correo electrónico encontrará un archivo encriptado en formato .zip, el cual podrá descargar y abrir desde su computador. En la carpeta encontrará un documento en formato XML y la representación gráfica en pdf de la factura electrónica, le recomendamos abrir el documento PDF para que lo consulte fácilmente.

Es importante que revise el documento, para conocer todos los detalles de la póliza, el movimiento financiero al que hace referencia y otros datos importantes. La DIAN determina que la revisión se debe hacer en las 72 horas siguientes a recibirla.

  • *Resolución 000042 de 2020 Por la cual se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación, desde el 1 de octubre de 2020